El día 30/01/2025, ha tenido lugar la firma del XIX CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE CONSULTORÍA, TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y ESTUDIOS DE MERCADO Y DE LA OPINIÓN PÚBLICA, suscrito por las Patronales AEC y ANIMES y los Sindicatos UGT y CCOO.
Además de las adaptaciones legales oportunas, estas son las novedades del Convenio:
- Vigencia: El convenio tendrá una duración de 3 años, desde 2025 hasta 2027.
- Incrementos Salariales Fijos:
- 4% en 2025
- 3% en 2026
- 3% en 2027
- Total: 10% de incremento salarial durante la vigencia del convenio.
- Cláusula de Revisión Salarial:
- Se vincula al IPC acumulado de los 3 años de vigencia.
- Si el IPC supera el 10%, las tablas salariales se actualizarán hasta un máximo de un 2% adicional, con efectos desde el 1 de enero de 2028.
- Aplicación de Incrementos:
- Tanto los incrementos salariales fijos como la cláusula de revisión se aplicarán a las Dietas, Kilometraje y Compensación por Teletrabajo.
- Nuevo Suelo Salarial:
- Para el área 3 (Desarrollo de Software, Programación y Explotación de sistemas), el nivel inferior E2 pasará de 15.876€ en 2024 a 17.300€ el 1 de enero de 2025.
- Nueva Área Profesional:
- Se establece el área 5 (Consultoría en materia de Ciberseguridad), con incrementos salariales adicionales para todos los grupos y niveles.
Como UGT, nos gustaría haber avanzado en temas como disponibilidades, turnos, nocturnidad, etc., pero en lo que más ha insistido UGT y menos se nos ha escuchado ha sido en la eliminación o limitación de la compensación/absorción salarial.
Este Convenio es de aplicación en multitud de empresas de todo tamaño y condición, por lo que, aunque son muchos los trabajadores y trabajadoras que no notarán los incrementos salariales, también son muchos los que sí verán ese aumento.
Un avance importante es haber incluido una cláusula de revisión salarial al IPC, lo que parecía un tabú imposible de afrontar por parte de esta patronal.
Una vez firmado, el Convenio tiene que registrarse. Posteriormente, el Ministerio tiene que revisarlo y publicarlo en el BOE. Tras la publicación, las empresas tendrán dos meses de plazo para aplicarlo. Aunque todo este proceso llevará meses, la aplicación de las tablas salariales tendrá efecto retroactivo al 1 de enero de 2025.
UGT continuará luchando por mejorar las condiciones laborales en futuras negociaciones.


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